Aunque hemos podido leer muchas opiniones estos días, la situación legal no nos resulta evidente.
La norma básica es el Reglamento (CE) 853/2004.Avanzamos referencias: tanto el Decret de Catalunya de 2018como el Real Decreto del Estadoinvocan el Reglamento 853 como norma habilitante, definitoria del marco jurídico de origen.