Tanto en la defensa como en la reclamación, la situación es relativamente frecuente y la respuesta jurídica no es evidente. Sí lo es que el domicilio es inviolable, con lo que el denunciante perjudicado puede, evidentemente, decidir permitir el acceso o no. Dicha decisión, no obstante, tiene consecuencias. Con sentido práctico ofrecemos dos ejemplos que ilustran la relevancia que una denegación de acceso a la vivienda puede tener, al suponer:
La inexistencia de infracción administrativa por vulneración de la normativa de ruido: Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo N°. 2 de Barcelona, Sentencia 122/2016 de 22 Abr. 2016, Rec. 487/2012: