III.- Licencias de apertura/actividad. Precauciones básicas relativas al local de negocio.
El negocio modelo que es objeto de la presente guía precisará de un local donde desarrollar la actividad. Las actividades profesionales realizadas en el domicilio propio (las permisibles en base a las normas de derecho privado: de propiedad horizontal, derivadas del concreto contrato por el que se posee el inmueble, etc), cuando no hay atención al público ni acceso por parte de terceros no precisan, en general, de autorización administrativa. Lógicamente, la normativa pública en general, de protección del medio ambiente y contra el ruido, tributaria, sanitaria o de salud pública y de prohibición de cierto tipo de actividades que generan molestias o riesgos es siempre aplicable a cualquier actividad, se desarrolle donde se desarrolle, si se dan las condiciones precisas.